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El Vicerrector Académico de la Universidad es el P. Vicente Durán Casas, S.J.
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Despacho del Vicerrector Académico
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Carrera 7 No. 40-62 Piso 4, Edificio Emilio Arango S.J. (Central) Tel. (57) 1 320 83 20 Ext. 2078, Fax: (57) 1 320 83 20 ext. 2072 Bogotá D.C., República de Colombia
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Son funciones del Vicerrector Académico, de conformidad con los numerales respectivos del Reglamento Orgánico las siguientes:
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a. Dirigir, según las políticas del Consejo Directivo Universitario y las directrices del Rector y del Consejo Académico, la planeación, organización y control de las actividades académicas de la Universidad en el nivel general, y señalar las pautas y procedimientos que sean necesarios para ello.
b. Convocar y presidir los Consejos de las Divisiones que cree el Consejo Directivo Universitario y cuando lo juzgue conveniente, delegar esta función en uno de los Decanos Académicos de las Facultades que integran la División.
c. Convocar y presidir, en casos especiales, los Consejos de Facultad.
d. Crear, integrar y suprimir las Unidades Académicas de las Facultades, previo concepto del Consejo o de los Consejos de Facultad respectivos, y presentar al Rector de la Universidad su concepto sobre la creación de Institutos para su consideración en el Consejo Directivo Universitario.
e. Nombrar y remover los Directores de la Unidades Académicas de las Facultades y los Secretarios de Facultad, oído el parecer de los respectivos Decanos.
f. Conceptuar sobre el nombramiento y la remoción de los Profesores, o dar su aprobación, según sea el caso, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Profesorado.
g. Evaluar periódicamente a los Decanos Académicos, a los Directores de las dependencias adscritas a la Vicerrectoría Académica y a los funcionarios de la misma.
h. Presentar al Consejo Académico para su concepto el informe evaluativo sobre la aplicación de las políticas y directrices que rigen las actividades académicas de la Universidad, y coordinar la evaluación periódica de los procesos relacionados con dichas actividades.
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i. Someter a consideración del Consejo Académico la creación, suspensión o supresión de Programas Académicos que conduzcan a títulos universitarios, y una vez aprobados por el Consejo Académico, presentarlos al Rector para su consideración y aprobación definitiva en el Consejo Directivo Universitario.
j. Presentar al Rector de la Universidad, para su consideración en el Consejo Directivo Universitario, las propuestas de extensión y afiliación académica de los Programas conducentes a títulos universitarios.
k. Aprobar las reformas curriculares y las modificaciones relativas a la identificación de los Programas Académicos que conduzcan a títulos universitarios y, de ser necesario, presentarlas al Rector para su consideración en el Consejo Directivo Universitario.
l. Promover, apoyar y crear incentivos y facilidades administrativas para el desarrollo de las actividades académicas de la Universidad.
m. Orientar y organizar las acciones correspondientes para el aseguramiento de la calidad y la pertinencia de la oferta académica, la consolidación y desarrollo académico del Cuerpo Profesoral, el apoyo y fomento de la investigación, así como de las actividades de la función de servicio y de proyección social.
n. Orientar y organizar, en coordinación con las oficinas correspondientes, las acciones relacionadas con el fomento de la movilidad nacional e internacional de profesores y estudiantes de la Universidad.
ñ. Presentar al Consejo Académico para su aprobación la propuesta de organización interna y de funcionamiento de las dependencias adscritas ala Vicerrectoría Académica y de sus oficinas. Se exceptúa el Instituto de Bioética cuya reglamentación específica corresponderá al Rector de la Universidad.
o. Establecer las funciones de sus asistentes.
p. Presentar al Rector la propuesta de creación, suspensión o supresión decargos en la Vicerrectoría Académica.
q. Presentar al Rector el informe anual y los planes de desarrollo de la Vicerrectoría y de sus dependencias adscritas.
r. Presentar a la consideración del Rector de la Universidad la propuesta de creación o supresión de una División, previo concepto del Consejo Académico y de los Consejos de las Facultades que harán parte o que integran la División, según el caso.
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s. Presentar a la consideración del Rector de la Universidad la propuesta de creación de una Facultad, previo concepto del Consejo Académico, y acompañada del estudio de factibilidad económica y de pertinencia académica correspondiente.
t. Presentar a la consideración del Rector de la Universidad, la propuestade supresión de una Facultad, previo concepto del Consejo Académico y del Consejo de la Facultad respectiva.
u. Presentar a la consideración del Rector de la Universidad, la propuesta de integración de dos o más Facultades, previo concepto del Consejo Académico y de los Consejos de Facultad respectivos.
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